En el relato corto ‘Circulo vicioso’, reunido en la colección de relatos cortos ‘Yo robot’, Isaac Asimov, en un mundo distópico imaginado en el año 2035 (no queda tanto), planteaba las famosas tres leyes de la robótica. Estas leyes suponían la primera aplicación de derecho a los robots dentro de un futuro que parecía muy lejano.
Hoy en día, ese futuro no parece tan lejano. Las nuevas tecnologías están cada vez más cerca.
Tenemos robots que limpian nuestros hogares, robots drones que pueden realizar diferentes tareas, desde rescate a reparto de productos y, por supuesto, el crecimiento de la inteligencia artificial, que cada vez es capaz de realizar mayores tareas como, por ejemplo, ser capaz de realizar mediación en divorcios.
También dentro de pocos años tendremos completamente funcionales los coches autónomos y los hogares completamente inteligentes.
Pero los robots tienen muchas otras implicaciones, desde el ámbito legal como hemos visto, pasando por asistencia sanitaria, transporte, agricultura, restauración, hasta campos como la economía y finanzas.
Legislación y robótica.
Es por esto que se ha expuesto con anterioridad que comienza a ser necesario un cierto planteamiento o estudio sobre cómo podría regularse por el Derecho la participación de estos robots en los diversos campos, servicios y actividades de los seres humanos.
El marco jurídico actual podría no contemplar de forma efectiva la actuación de estos robots en nuestro día a día o, al menos, no hace mención a los mismos de forma específica.
Actualmente, la participación de los robots en nuestras actividades diarias todavía es superficial y su uso se asemeja más al de simples herramientas que a otra cosa, por lo que la legislación actual es completamente suficiente a día de hoy.
Pero, ¿qué ocurrirá si en unos años los robots están en nuestro día a día de una forma más activa y participativa? ¿qué ocurriría si tuvieramos robots que operen sin apenas asistencia humana, o robots que lleven a cabo juicios sencillos? ¿Y si los coches autónomos se convierten en nuestro transporte habitual y hubiera accidentes? ¿De quién sería la responsabilidad en todos estos casos?
Y si se producen despidos porque las tareas pueden ser realizadas por robots de forma autónoma, ¿se podría gravar fiscalmente a las empresas por esos robots, o a esos trabajadores darles algún tipo de ayuda por ser suplantados por robots?
Y lo que parece más lejano aún, tal y como se plantea en la película ‘Yo robot’, protagonizada por Will Smith, ¿y si un robot cometiera un homicidio? ¿O unas lesiones? ¿Y si fuera capaz de realizar una estafa? ¿Tendrían alguna responsabilidad penal los robots por estos hechos? Y en caso de ser la respuesta negativa, ¿quién sería el responsable de los mismos?
A todas estas preguntas, y unas cuantas más, son a las que tendrá que responder el Derecho en algún momento y a la que deben enfrentarse los diferentes operadores jurídicos y investigadores del derecho en los próximos años.
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